domingo, 24 de febrero de 2019

Escuela Ecléctica



Escuela Ecléctica

Esta escuela tiene su fundamento teórico basado en el de la Escuela Clásica, que es el contrato social. Esta escuela no es una escuela en si, sino la reunión de varias escuelas reunida en esta corriente. La diferencia entre la escuela Clásica y Positiva esta en que estas tenían una serie de reglas que complementaban a la otra y si no seguías una, rompías todas las demás. Era un lineamiento llegando perfecto y el objetivo de la escuela Ecléctica era la de romper con esas reglas o esquemas monolíticos y crear algo diferente.

Su postulado operante de esta es la igualdad material y como en la Escuela clásica, radica su responsabilidad en lo individual, pero le agrega el conceoto de situación, referente al medio físico y social. Como consecuencia de la introduccion del concepto situación en la responsabilidad individual, la escuela ecléctica logra la atención punitiva por razones subjetivas, y conserva, dicha disminución por razones objetivas, además logra que la pena sea en beneficio de defensa social.

Imagen relacionada


En la Escuela Ecléctica la integración entre derecho penal y criminología requiere entre todo una gran madurez en ambas disciplinas., se recalca sobre la madurez de estas ciencias, porque el derecho penal en aquella época estaba falto de madurez y la criminología empezaba sus primeros pasos, esta corriente rechazaba la naturaleza del delito y el criterio de la responsabilidad legal, pero aceptaba el principio de la responsabilidad moral de la Escuela Clásica y distingue entre los delincuentes que eran consientes de sus actos y los que no.

Esta escuela se caracterizaba por su negación del libre albedrio, su concepción del delito como un hecho individual y social y no como un hecho natural o biológico, su notable interés en el delincuente sobre el delito, asimismo adopta el estudio científico del delincuente, hecho que la destaco entre las otras escuelas.

La Escuela Ecléctica impulso el estudio de los Tipos de delincuentes clasificándolos en imputables e inimputables planteando una reforma al Estado de esta manera.

La imputabilidad es la capacidad del ser humano para entender su conducta, el interés de sus semejantes y se adapta a la actuación con su comprensión, caso contrario de una persona inimputable que actúa sin voluntad y conciencia, es decir no tiene la capacidad de comprender al momento de efectuar un acto delictivo.






No hay comentarios.:

Publicar un comentario