La Escuela Clásica
La Escuela Clásica o Escuela Clásica
del Derecho Penal nombrada asi por Enrico Ferri, criminólogo y político italiano;
fue una de las primeras escuelas de la criminología cuya ideología respondía a
lo liberal o “orden natural” inculcado a los hombres y comunidades, de ella formaron
parte grandes personajes como Gaetano Filanguieri, Mario Pagano, Francesco
Carrara y otros grandes juristas de importancia para la historia de la criminología
actual.

Enrico Ferri
Esta escuela se caracterizo
por la falta de unión de ideas y pensamientos entre los autores que pertenecían
a ella exceptuando a Fontan Balestra quien se adhería a la base original de la
Escuela clásica que era la Doctrina del Derecho Natural, la cual se basaba en
el empleo del método deductivo-especulativo y en la frecuente preocupación por
fijar el limite adecuado para el derecho de castigar por parte de las autoridades,
razón por la que eran acusados de crueldad en el momento de fijar un pena, asimismo
fue criticada a lo largo de los años por diferentes entes en la cual destaco la
Escuela Positivista, que se oponían a sus ideologías por ser carente de una
unidad de doctrina o un cuerpo que complementara sus principios de una manera
coherente, por este motivo ninguna otra escuela se autoproclamo “Clásica” o se denominó
parte ella.
Fueron muchas las ideas
reunidas bajo el nombre de la Escuela Clásica del Derecho Penal que para evitar
errores o confusiones la Escuela Positivista se encargo de exponer sus
caracteres más comunes, además de la exposición realizada por Francesco Carrara
que llevo a la corriente de la Escuela Clásica a su grado mas alta de la perfección.
Esta Escuela sienta sus bases
en la continuidad y desarrollo de la “Ilustracion”, esto quería decir que todos
los hombres éramos libres, semejantes, racionales y por lo tanto actuar como
individuos moralmente responsables, sin embargo la responsabilidad es restringible
partiendo del hecho de que todo ser partiendo de su comportamiento esta siempre
limitado a actuar de un modo que se podría llamar desviado, la diferencia entre
criminal y el que venera la ley salva la del hecho, es decir en el núcleo de
los análisis teóricos de la Escuela Clásica del Derecho penal no existe el “actor,
sino solo procede el “acto”.
En esta Escuela los postulados
radican en las obras de Carrara, el cual dedujo su concepto del delito, del infractor
y la pena, el delito era considerado un “ser jurídico” y su esencia se basaba
no en el actuar del individuo, sino en la infracción de la ley, siendo una contrariedad
del actuar del hombre y la legalidad; el delincuente o infractor era un hombre
normal con las mismas capacidades y oportunidades que las demás personas y no
puede hacerse cargo de sus responsabilidades hasta que se comprueba su libertad
de determinación moral; por ultimo la sanción a fijar se basaba en restablecer
el orden judicial y enmendar en el ciudadano el daño moral causado a su
integridad, su fin no era vengar al dañado o que el delincuente pague por su delito,
sino su que simplemente buscaba restablecer y el resto eran consecuencias no
contempladas por la pena.
Se sabe que esta escuela fue
criticada por su noción abstracta del delito, el desplazamiento del delinquir a
otra disciplina, el libre albedrio como el postular absoluto y la inseguridad
que provocaba las penas impuestas que no hacían redimir al delincuente y
garantizar que al integrarse a la sociedad nuevamente no reincidiría, no obstante
a la Escuela Clásica se le reconoce por ser la que ennobleció la misión de la
pena, que sentó las bases del derecho científico, fijo los límites del estado y
combatió la barbarie de la pena y los abusos de la administración.
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